
Diputados avalan nueva ley de CEPA
Impulsando la modernización y mejora en los servicios en el transporte aéreo, marítimo y ferroviario internacional, los diputados de la comisión de Obras Públicas emitieron dictamen favorable a la nueva Ley Orgánica de CEPA, la cual viene a sustituir la normativa vigente que data desde 1965.
La nueva ley permitirá a la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) a través de su presidente la facultad de construir sociedades, modificar o liquidar las mismas, con el fin de promover la inversión privada en proyectos portuarios, aeroportuarios o ferroviarios a cargo de la CEPA.
“Queremos poner a la vanguardia a nuestro país. No podemos seguir con leyes de hace años”, agregó el presidente de CEPA
Federico Ánliker, presidentes de CEPA, expuso que quieren logran con la nueva ley: “crear estas sociedades en donde el gobierno y la institución (CEPA) siempre es dueño de los activos (de un proyecto)”, con el fin de que un concesionario maneje, por ejemplo, el Puerto de La Unión.
“Queremos poner a la vanguardia a nuestro país. No podemos seguir con leyes de hace años”, agregó el presidente de CEPA.
“Queremos tener estos mecanismos para, por ejemplo, el Puerto La Unión, que venga un concesionario, que traiga bastante carga, que traiga contenedores, que pueda hacer el dragado, ellos tienen el dinero para hacerlo, que cuesta millones, y el Estado siempre mantenga sus derechos, y poniendo los intereses de los activos hacia el pueblo y sus trabajadores”, afirmó Ánliker.
Durante la comisión el funcionario hizo referencia al primer asoció público privado que se ejecutó en la terminal de carga del Aeropuerto Internacional de El Salvador, el cual ha sido favorable, reduciendo mucha burocracia, ya que mediante el asocio publico privado el ente el privado “asume un riesgo” y “pone el dinero”, con la visión de convertir a El Salvador en “un hub logístico.
Basándose en el artículo 120 de la constitución que indica que toda concesión que otorgue el Estado para la explotación de muelles, ferrocarriles, canales u otras obras materiales de uso público, deberán estipularse el plazo y las condiciones de dicha concesión, atendiendo a la naturaleza de la obra y el monto de las inversiones requeridas. Estas concesiones deberán ser sometidas al conocimiento de la Asamblea Legislativa para su aprobación.
Además, en conformidad al artículo 23 de la nueva Ley Orgánica de la CEPA se excluye la aplicación de la Ley de Compras Públicas en condiciones de emergencia, contratación de servicios básicos y esenciales, adquisiciones con fondos de convenio con otros estados y “adquisiciones de bienes, obras y servicios de gran valor o complejidad.