Reformas al Código de Trabajo de El Salvador garantizarán el reinstalo de embarazadas
Con 82 votos a favor, la Asamblea Legislativa de El Salvador incorpora en el Código de Trabajo el procedimiento judicial de reinstalo de mujeres embarazadas que han sido despedidas, ya sea como medida cautelar o como efecto de la sentencia.
La incorporación del Art. 113A, se establece que una embarazada no podrá ser despedida de su trabajo seis meses después de haber dado a luz. Además, establece que el juez de lo Laboral podrá decretar de oficio, o a petición de la parte ofendida, la medida cautelar de reinstalo.
La reforma obedece a una sentencia de inconstitucionalidad por omisión emitida por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en la que ordenó al Órgano Legislativo legislar para cubrir el vacío legal respecto a la garantía de reinstalo laboral.
La diputada de Nuevas Ideas, Alexia Rivas, explicó que con esta reforma se busca asegurar la estabilidad laboral de las mujeres embarazadas que son injustamente despedidas por sus patronos.
“Este es un avance para reducir la brecha de desigualdad. Como nueva Asamblea seguiremos velando por la protección de los derechos de las mujeres salvadoreñas”, sostuvo la parlamentaria.
El presidente de la Comisión de Trabajo, Edgardo Mulato, señaló que esta reforma es una muestra más del compromiso de la actual legislatura de velar por el respeto a los derechos de las mujeres salvadoreñas.
Con la incorporación de este nuevo artículo se dará cumplimiento a una sentencia emitida por la Sala de lo Constitucional, en 2018, y que fue ignorada por la anterior legislatura, generando un vacío legal en el marco regulatorio salvadoreño.
“Los gobiernos anteriores no le dieron importancia a este tema porque no se preocupaban por legislar a favor de las mujeres; sin embargo, las cosas cambiaron cuando iniciamos nuestra gestión”, apuntó el diputado Walter Alemán.